De acuerdo a lo establecido en el Artículo 11 (4) del Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile - Canadá, el Programa de Trabajo Anual y Presupuesto fue desarrollado conjuntamente por los Secretariados Nacionales. El Comité Consultivo Público Conjunto es consultado para hacer recomendaciones sobre el Programa de Trabajo. La aprobación final del documento es responsabilidad del Consejo. Las actividades de cooperación cubren las obligaciones establecidas en el Acuerdo para las Partes.